Trámites
Cancillería
Requisitos para la modificación o reconstrucción
- Declaración de petición de los esposos.
- Partida de bautismo del que se ha de legitimar, con las notas marginales que tenga. Si es casado, partida de matrimonio.
- Partida de matrimonio de los esposos que reconocen al hijo.
- Declaración extra – juicio de dos testigos con cedula de ciudadanía ante notaria o juzgado.
- Solicitud o petición del párroco.
- Partida de matrimonio de los esposos.
- Partida de bautizo de los hijos.
- Declaración extra – juicio de dos testigos con cedula de ciudadanía ante notaria o juzgado.
- Si el trámite se hace por terceros se debe presentar un poder autenticado.
- Solicitud o petición de párroco.
- Certificado negativo.
- Partida de bautismo y de confirmación de los esposos.
- Copia del expediente matrimonial o certificado negativo.
- Declaración juramentada ante el párroco de dos testigos.
- Declaración extra – juicio de dos testigos con cédula de ciudadanía ante notaría o juzgado.
- Si para el matrimonio hubo dispensa de algún impedimento, se debe obtener copia textual de la concepción de la dispensa.
- Si se trata de matrimonios celebrados después del 11 de junio de 19938: copia del registro civil de matrimonio, se pude en la notaría. Si no figura registrado, un certificado en el que conste que no aparece.
- Si uno de los esposos ya murió: copia de la partida de defunción.
- Si uno de los esposos era viudo, copia de la partida del primer matrimonio, y copia de la partida de defunción del primer esposo esposa.
- Solicitud o petición del párroco.
- Partida de matrimonio tal como aparece en el libro de matrimonio firmada por el párroco actualizada.
- Registro civil de nacimiento original de los esposos.
- Fotocopia de cedula de ciudadanía de los esposos autenticada ante notaría o juzgado.
- Declaración extra – juicio de dos testigos con cédula de ciudadanía ante notaría o juzgado.
- Declaración juramentada ante el párroco de dos testigos.
- Si se hace a través de terceros: Poder autenticado.
- Solicitud o petición del párroco.
- Partida de bautismo de lleva inscrita, por error, la nota marginal.
- Partida de bautismo que dio origen a la nota marginal y de la información verbal prematrimonial respectiva.
- Partida de bautismo de cada uno de los cónyuges, a quienes en realidad corresponde la nota marginal que se debe anular.
- Declaración juramentada ante el párroco de dos testigos.
- Si aplica el caso: Si ha muerto el verdadero cónyuge a quien corresponde la nota marginal: copia de su partida de difusión.
- Si el trámite se hace por terceros poderes autenticados.
- Declaración de petición de los esposos.
- Partida de bautismo del que se ha de legitimar, con las notas marginales que tenga. Si es casado, partida de matrimonio.
- Partida de matrimonio de los esposos que reconocen al hijo.
- Declaración extra – juicio de dos testigos con cedula de ciudadanía ante notaría o juzgado.
- Solicitud o petición de párroco.
- Certificado negativo.
- Copia de la partida de bautismo del difunto.
- Declaración juramentada de dos testigos ante párroco, quienes corresponderán a las preguntas generales y a las preguntas especiales.
- Declaración extra – juicio de dos testigos con cedula de ciudadanía ante notaría o juzgado.
- Si el fallecimiento ocurrió después del 11 de junio de 1938: copia del registro civil de difusión o certificado negativo. Ir a notaría o registraduría.
- Si el difunto era casado, partida de matrimonio.
- Si el difunto al tiempo de morir era viudo: copia de la partida de defunción de la esposa. Respetivamente lo mismo si la difunta era viuda.
- Si el trámite se hace por terceros Poder autenticado.
- Solicitud o petición del Párroco.
- Certificado negativo.
- Partida de bautismo.
- Declaración juramentada ante el párroco.
- Solicitud o petición Por el Párroco.
- Declaración, hecha por el que reconoce (Si vive) presencia del párroco y de dos personas mayor edad.
- Certificado o registro civil de reconocimiento de hijo extramatrimonial.
- Registro civil de nacimiento original y fotocopia de la cédula autenticada.
- Partida de bautismo que hay que modificar.
- Partida de bautismo del padre que reconoce.
- Partida de bautismo de la mamá del reconocido, con todas las notas marginales que tenga, o con la constancia expresa de que no tiene notas marginales.
- Si el reconocido es casado, partida de matrimonio.
- Solicitud o petición por parte del párroco.
- Partida de bautismo del interesado con todas las normas marginales que tenga, o con la constancia expresa de que no tiene notas marginales.
- Declaración juramentada de los padres, quienes responderán en el despacho parroquial a las preguntas generales y a las siguientes.
- Declaración juramentada de dos testigos, quienes, en presencia del interesado, en el despacho parroquial, responderán a las preguntas generales y a las siguientes.
- Registro civil de nacimiento original.
- Si el interesado tiene cédula, fotocopia de la cédula o, si no es posible, copia textual de todos los datos que trae la cédula. Firma del párroco con el sello de la parroquia.
- Certificado de notaría que certifique que conste su cambio de nombre.
- Si el trámite se hace por terceros Poder autenticado.
- Solicitud o petición del Párroco.
- Certificado negativo de la partida de bautismo.
- Si aplica al caso: Partida de defunción.
- Registro civil de nacimiento original.
- Si aplica al caso: Partida de matrimonio.
- Fotocopia autenticada de su cédula de ciudadanía.
- Declaración juramentada de dos testigos ante el párroco.
- Declaración extra -juicio de dos testigos con cédula de Ciudadanía ante notaría o juzgado.
- Cuando se solicita por terceros: Poder autenticado.
- Solicitud o petición del Párroco.
- Partida de bautismo tal cual aparece en el libro de bautismo firmada por el párroco, con su sello y actualizada.
- Declaración juramentada ante el párroco de dos testigos: Indispensable.
- Registro civil de nacimiento original.
- Fotocopia de la cédula de ciudadanía autenticada: Si es menor de edad tarjeta de identidad.
- Declaración extra -juicio de dos testigos con cédula de ciudadanía ante notaría o juzgado.
- Si se hace a través de terceros: Poder autenticado.
- Fotos de Ambos
- Partida de Bautismo y Confirmación
- Registro Civil de nacimiento original
- Fotocopia de la cedula de ciudadanía
- Certificado de Soltería
- Carta del Párroco